
Testar es uno de los trámites más sencillos que se hacen en una notaría: normalmente basta con el DNI y saber a quién desea nombrar heredero.
Sin testamento, los herederos deben tramitar antes una declaración de herederos, con más gestiones, más plazos y más coste.
El testamento queda custodiado en la notaría y se comunica su existencia al Registro General de Actos de Última Voluntad, de modo que siempre podrá localizarse.
Puede modificarlo cuantas veces quiera: el último testamento válido es el que se aplica.
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